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Número17
Revista electrónica N° 19, diciembre 2012
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Editorial
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La necesidad de diseñar políticas públicas que sean más eficientes en el ámbito de la seguridad ha sido asumida como una preocupación por la mayoría de gobiernos democráticos. Una de las propuestas para alcanzar esa eficiencia se expresa en el perfeccionamiento de la aplicación de las penas alternativas a la privación de libertad.
En Chile, las medidas alternativas se rigen por la Ley N° 18.216 (de 1983) y permiten que la persona condenada a una pena de cárcel, cumpla tal condena en libertad, sujeta a un control administrativo de mayor o menor intensidad a través de las siguientes medidas: remisión condicional de la pena, reclusión nocturna y libertad vigilada. Luego de casi 30 años, la Ley N° 20.603 modifica la ley de medidas alternativas, las que pasan a denominarse “penas sustitutivas”, incorporando un fuerte contenido de control social e intervención psicosocial (especialmente, respecto de algunas penas, como es la Libertad Vigilada Intensiva). Con las modificaciones a la ley, el sistema chileno contará con la pena de servicio en beneficio a la comunidad como pena sustitutiva a la privación de libertad y como alternativa ante el no pago de multas.
Como una preparación a la implementación de la nueva ley de penas sustitutivas, hemos seleccionado el artículo “Retribución a la Comunidad: La pena de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad en el sistema penal de Inglaterra y Gales”, como artículo principal del presente número de nuestra revista Debates Penitenciarios. La sanción de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad, si bien en Chile se ha desarrollado en forma limitada y con resultados relativos, es bastante valorada en otros países por poseer, además de un sentido punitivo, un sentido restaurativo (por su capacidad de compensación a la sociedad) y resocializador (en tanto refuerza habilidades pro sociales), ser una sanción de muy bajo costo, evitar el contagio criminógeno y movilizar a la comunidad en torno a un objetivo reintegrador. Estos son parte de los aspectos que aborda el autor de este artículo.
Además del artículo principal, este número contiene noticias de hechos relevantes acaecidos en el contexto carcelario, Enlaces de páginas web con información útil para investigadores y para quienes elaboran políticas públicas penitenciarias y Reseñas de libros sobre la materia.
Finalmente, queremos aprovechar este espacio para agradecer por la confianza de la Fundación Ford, a través de su Programa de Derechos Humanos y Ciudadanía, depositada en el trabajo realizado por el CESC, durante los años 2005 a 2012, en un tema de escaso desarrollo en el país y en el mundo, como es el penitenciario, así como por su apoyo permanente en las distintas actividades llevadas a cabo en torno a los proyectos. A Felipe Agüero y a Martín Abregú nuestro profundo agradecimiento.